Pero calma, que falta la letra pequeña.
El pasado 26 de mayo (un par de días antes de las elecciones pero por simple casualidad) se publicaron en el BOE las bases reguladoras de una futura subvención destinada a aquellos que estáis opositando y os presentéis a los procesos de la Administración General del Estado, con la finalidad de ayudaros a sobrellevar los costes de la preparación (academia, tasas de examen, etc.)
Peeeeero antes de que estéis ya vendiendo la piel del oso antes de cazarla, tenéis que tener en cuenta lo siguiente:
- No tenemos letra pequeña en cuanto a los requisitos de renta, patrimonio, etc. que servirán de umbrales para ver quién tiene derecho a la beca y quién no. Esto son las bases reguladoras, faltará la convocatoria, que como sabéis es donde se regula la pormenorización de estas cuestiones. Y con las elecciones de por medio ya veremos a ver cuándo sale.
- No se sabe tampoco a cuánto ascenderá la subvención, o qué topes máximos tendrá por opositor
- De lo que se ve en las bases reguladoras queda claro que no hace falta haberse preparado en una academia o preparador específicamente para el Estado, pero sí superar los procesos selectivos de la AGE (estos que tenemos el examen en septiembre)
- No está claro si habrá que haber sacado una determinada nota para que te den la subvención, eso se determinará en la convocatoria, aunque sí que parece claro que habrá que “superar” el ejercicio, sea que se entienda un 5/10, o los cortes, o una determinada nota, de eso todavía no sabemos nada
- Sí que queda bastante claro que la subvención será a toro pasado, es decir, un reembolso de los gastos incurridos mediante la presentación de los justificantes acreditativos (facturas) y no de una subvención a justificar posteriormente
- El plazo de solicitudes comenzará cuando diga la convocatoria, por ahora no tenéis que hacer nada ni se puede saber más información. Se configura como una subvención anual, que se podrá repetir hasta 3 veces por aspirante.
- Las instancias habrá que presentarlas electrónicamente (si no tienes certificado o Cl@ve no sé a qué esperas…). Habrá un modelo oficial, que aparecerá… sí, eso es, en la convocatoria.
Es decir, una buena noticia, pero todavía pendiente de desarrollo, y con la convocatoria electoral del 23 de julio, habrá que ver qué nivel de prioridad tiene esto y en qué queda. Por ahora solo queda esperar pacientemente.
En cualquier caso, una razón más para presentarse este septiembre a los procesos de la AGE que os comentaba en este post, y para meterle caña este verano a los módulos de adaptación que haremos a la legislación específica de la AGE (exclusivos para vosotros como alumnos), y que os iré anunciando conforme tengamos más novedades.
Eso sí, no podemos resistir la ocasión para remarcar la importancia de estar en una academia o preparador legal, y no en un “pirata” de esos que solo admiten pagos en efectivo quedando en alguna concurrida plaza a media mañana para defraudar al fisco, o alquilando un piso con las persianas bajadas y el máximo secretismo para no tributar lo debido.
Para poder acceder a estas subvenciones será requisito indispensable la presentación de facturas emitidas por el preparador o academia con plena validez legal, cosa que por supuesto estaremos encantados de proporcionar a todos los que os preparáis con nosotros. Buena suerte pidiéndole una factura a esos que ni siquiera están dados de alta en el modelo 036 de la AEAT ni pagan su cuota de autónomos…
Os dejo aquí toda la información: