Ayer se cerró definitivamente la negociación de las bases que regirán los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Zaragoza derivadas de la Ley 20/2021. En las últimas semanas se habían estado negociado las bases en el marco de la Mesa General de Negociación, en un contexto de precampaña electoral tanto para las elecciones locales como para las elecciones sindicales.
El resultado son los baremos y criterios de puntuación que se incluirán en las bases de cada proceso de estabilización de empleo temporal de los que se recogieron en la Oferta de Empleo Público de 2021. Esto NO son, por supuesto, las bases en sí mismas, que se aprobarán y publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y el BOE cuando sea su momento, pero sí son las condiciones esenciales sobre cómo se van a articular estos procesos.
Dicho de otra manera -pensando en los menos avezados en esto-, no es que haya que apuntarse a nada, es solo el resultado final de un drama que se extendió desde primavera de 2021 hasta prácticamente la fecha actual, en una tensión entre los derechos de los interinos que ocupan las plazas temporalmente para premiar de alguna manera su experiencia, y los derechos al acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad de otras personas que también quieren acceder al empleo público.
Pues bien, ¿cómo ha quedado la cosa? Pues yo diría que de la mejor manera que podría quedar para aquellos que defendemos a capa y espada la libre competencia por las plazas en condiciones de igualdad, para que sean siempre los mejores, los más preparados, los más merecedores y más capaces quienes están al servicio del ciudadano, y no la creación de cortijos ni la imposición de privilegios.
Dentro de que la Ley 20/2021 no nos gusta, ni tampoco le gusta según confesión propia al Concejal Delegado de Personal, el Ayuntamiento de Zaragoza ha desarrollado unos criterios que aunque no los comparten la mayoría de los sindicatos (ni falta que hace), sí son respetuosos con los principios de igualdad, mérito y capacidad. Son concurso-oposición, como exige la Ley, pero no haciendo burradas jurídicas como la que ha hecho la Diputación Provincial de Huesca en sus bases de estabilización.
Estas bases están concebidas con el propósito de dar seguridad jurídica a los procesos y evitar impugnaciones, y son respetuosas con los precedentes ya existentes de los procesos de estabilización de empleo temporal derivados de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018.
Os pongo un resumen de los datos más destacados, y abajo el documento final:
- Concurso-oposición 40-60%
Esto no es algo que el Ayuntamiento pudiera cambiar, la Ley 20/2021 impone que estas plazas salgan por concurso-oposición. Eso sí, el Concejal Delegado de Personal ya ha dicho que una vez solucionado este trámite de la estabilización de empleo temporal, el acceso al empleo público en el Ayuntamiento tiene que ser por oposición libre, y de momento con la Oferta de Empleo Público de 2022 -que también se ha cerrado ya su negociación- se han recogido las plazas de nuevo ingreso como oposición libre, así que está cumpliendo su palabra (rara avis en un político, pero muy de agradecer)
Es decir, la idea es que en este proceso de estabilización se hace concurso-oposición, valiendo la fase de oposición el 60% de la nota y los puntos por méritos el 40%, y a partir de ahí, los futuros procesos para acceder al Ayuntamiento irán por oposición libre, y el concurso-oposición quedará relegado únicamente para la promoción interna.
- Fase de oposición ELIMINATORIA
Sobre esto iba una de las enmiendas-chapuza que se introdujo en la Ley 20/2021 respecto del RD-Ley 14/2021 (Plan Iceta) en el sentido de “permitir” que la fase de oposición pudiera no ser eliminatoria, pero el Ayuntamiento es consciente de que la litigiosidad está garantizada por la inseguridad jurídica que supone el hacer un concurso-oposición en que, en la práctica, se pueda aprobar sin superar la fase de oposición. Eso iba a acabar en los Tribunales, como el caso de Huesca y otros procesos como los de Secretarios e Interventores que también han sido recurridos, así que el Ayuntamiento se cura en salud, y especifica que la fase de oposición es obligatorio aprobarla, como lo ha sido siempre.
Es la única manera de garantizar el mérito y la capacidad de los aspirantes, la experiencia es importante pero no puede ser suficiente por sí misma, ni mucho menos.
Eso sí, para que no se diga que no se da alguna facilidad, lo que se dice que es los ejercicios de la fase de oposición no van a ser eliminatorios entre sí, es decir, se podrá compensar por ejemplo un 4 en los casos prácticos con un 6 en el test. En estos procesos (ojo, solo en estos) no será necesario superar cada ejercicio por separado, pero sí superar en cómputo global la fase de oposición.
- El temario se mantiene IGUAL
Otra de las grandes cuestiones que se pedían por algunos sindicatos era una reducción sustancial del número de temas. Pero una reducción de temas no tiene por qué hacer el examen más fácil, sino a la gente menos capacitada, sobre todo para plazas de administración general donde es necesario saber un poco de todas las áreas municipales (sí, eso incluye Urbanismo y Contratación) porque luego se acaban prestado servicios ahí.
Aunque en estos procesos derivados de la Ley 20/2021 no es necesario por Ley respetar los temarios mínimos que indica el R.D. 896/1991, el Ayuntamiento también ha considerado que un cambio en el temario suponía una diferencia de trato inaceptable sobre aquellos que acceden por el turno libre, y por lo tanto en coherencia con el principio de igualdad y para garantizar la capacidad de los aspirantes, se mantiene el 100% del temario igual que en los procesos que no son de estabilización.
- Se mantiene la estructura del proceso… o casi
Otro aspecto en el que se aprecia la continuidad respecto a los procesos selectivos normales es el formato del examen, que incluirá dos ejercicios, test y “caso práctico” (lo pone en singular pero no implica necesariamente que pase a ser un solo caso, se refiere simplemente al tipo de prueba).
No aparece aquí especificada la prueba de informática que existe solo para los procesos de Auxiliar administrativo… eso no quiere decir que desaparezca, porque esta negociación se refería un poco a los criterios generales y esto es una cosa muy particular solo para estas plazas, pero bueno de momento no aparece… habrá que esperar a las bases concretas para ver si aunque no aparezcan aquí se mantiene la prueba de informática o por el contrario esto es una decisión consciente de suprimir esta prueba para el proceso de estabilización.
- La experiencia en el Ayuntamiento de Zaragoza puntúa el doble que en otras Administraciones
Esto es bastante discutible hasta qué punto cumple con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, pero desde luego es menos obsceno que la configuración que hacía la Diputación de Huesca. Se prima un poco más la experiencia sobre todo en los primeros años, pero dentro de una cosa amparada en el sentido común.
- Por lo demás, las bases son las típicas de la estabilización
Es decir, se puntúan los ejercicios aprobados en procesos anteriores, la titulación superior a la requerida para la plaza, cursillos en Universidades y centros oficiales (no caigáis en trampas de sitios que os venden cursos que dicen que cuentan y luego no, ya le dedicaremos un post a esto más adelante), y lógicamente la experiencia.
Como valoración general, tengo que decir que me parecen las mejores bases posibles dentro del marco de la estabilización de empleo temporal, en las que se conjuga tanto el dar una facilidad a los interinos de larga duración como el derecho a acceder de quienes están fuera de la Administración pero legítimamente quieren entrar.
Tal como están planteadas estas bases -y nos parece muy bien que sea así- es necesario e imprescindible superar la fase de oposición para que se cuenten estos puntos por experiencia u otros méritos, y además es una oposición de verdad, sin descuentos en el temario, y por lo tanto se garantiza una posibilidad real y efectiva de que gente que NO están como interinos puedan también realmente superar el proceso y obtener su plaza.
Es una opción respetuosa con los procesos anteriores de estabilización que se han hecho, y dentro de la legalidad, con seguridad jurídica para que no se enfanguen judicialmente.
Este documento es una buena noticia para todos aquellos que aspiráis a competir en un examen justo, en condiciones de igualdad, en las que podáis demostrar vuestro mérito y capacidad cultivados durante mucho tiempo de estudio y dedicación, y que ganen los mejor preparados -que sois vosotros-. Y es una mala noticia para aquellos que buscan privilegios o que utilizan la demagogia y los dramas humanos para intentar no competir en un examen libre e igual para todos.
Este documento es una buena noticia para aquellos que habéis mantenido la fe en los procesos selectivos del Ayuntamiento, y es una mala noticia para aquellos que desde hace años se han dedicado (incluso desde puestos en materia de personal dentro del Ayuntamiento) a sembrar miedo, inseguridad, dudas y desinformación para eliminarse competencia para sí o para los suyos, haciendo creer que trafican con información privilegiada cuando no hacían más que esparcir bulos para desalentar a opositores más sensibles.
Este documento es una buena noticia para todos aquellos que lleváis tiempo trabajando para llevar la mejor preparación posible y no tenéis miedo a salir y competir, a luchar por vuestros sueños, y a demostrar que podéis ser tan capaces como el que más, y es una mala noticia para quienes en lugar de mantenerse activos y seguir formándose, les han hecho creer que no hacía falta estudiar porque una Ley que habría de venir desde Europa les traería plazas fijas, y que se ha quedado en cantos de sirena que han arrastrado a las profundidades del mar a más de un marinero de buena fe. Los damnificados por esta situación tenéis todo nuestro apoyo para las acciones legales oportunas contra quienes os han vendido humo.
En resumen, creo que este documento es un premio hacia todos aquellos que creyeron, a todos aquellos que aguantaron las mociones para que se paralizaran procesos, el RD-Ley 14/2021, las manifestaciones, las huelgas de hambre y los escraches, la convalidación que se plasmó en la Ley 20/2021, la impugnación judicial de la OEP, el “escándalo” de los puntitos, y los insultos que hemos recibido algunos por defender un proceso libre, igual, en el que sean los mejores y más preparados los que accedan al servicio público.
Así que descuidad, que pese a que hay gente que intenta impedirlo, tendréis vuestra oportunidad para demostrar vuestro mérito y vuestra capacidad en condiciones de igualdad.
No puedo evitar volver a acordarme esta frase a la que hace justo un año y una semana le dedicábamos un post en este blog, que sigue siendo hoy igual de relevante: Incredulorum convictioni et viatorum commodo
Por nuestra parte no solo no nos opondremos a unas bases planteadas en estos términos, sino que llegado el momento, haríamos como hicimos con la OEP 2021 cuando fue recurrida judicialmente y defenderemos la legalidad de unas bases en las que, teniendo en consideración la experiencia de los interinos de larga duración, exista una posibilidad real y efectiva de que alguien de la calle pueda sacar su plaza.
De nuevo el Sr. Mendoza y su equipo nos traen una buena noticia para todos aquellos que no le tenéis miedo a competir, y ahora toca seguir trabajando día a día para ser los mejores.
¡Darle caña!