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Llega un primer paso hacia la movilidad interna al Ayuntamiento de Zaragoza

Una de las grandes asignaturas pendientes del Ayuntamiento de Zaragoza ha sido la movilidad interna, es decir, el que una vez sacas la plaza tengas opción de poderte cambiar a otros servicios. Aunque todavía parece lejano el tener un concurso unitario completo, ya tenemos aprobadas las bases que regirán los procesos simultáneos a las oposiciones, es decir, que antes de que los nuevos funcionarios recién aprobados elijan destino, se dé opción a quienes ya están dentro de poder concursar para cambiar de puesto a los que estarían en principio vacantes e incluidos en la convocatoria, y los nuevos funcionarios accederían a lo que se quede libre después.

Esto es algo que tiene todo el sentido del mundo para dar una opción de cambio a quienes ya están dentro si por alguna razón les gustaría cambiar de edificio, de servicio o de aires, y que debió haberse hecho hace tiempo, pero más vale tarde que nunca. En cualquier caso, se aplicará no para este proceso de las 114 plazas de 2025 sino para el siguiente de las 47 ofertadas para 2026.

Os dejamos un resumen de los principales aspectos de este proceso:

  • Se podrán presentar exclusivamente quienes ya ocupan la plaza correspondiente como funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Zaragoza, y con al menos dos años de antigüedad desde la fecha de toma de posesión en su último puesto
  • Cuando se convoque el proceso se publicarán los puestos a los que van vinculados las plazas que se ofertan, y esos son a los que quienes ya son funcionarios de carrera del Ayuntamiento podrán optar a concursar, no los que realmente terminarán ocupando los que entren nuevos al sacar la plaza.
  • El proceso de participación será electrónico a través de la intranet, en un plazo muy corto, 5 días hábiles. Que no se os pase a los que ya estáis dentro.
  • La valoración incluye puntuación específica por experiencia en el área funcional (es decir, no cambiar radicalmente de funciones, como p. ej., quedarte dentro de cosas del Área de Urbanismo aunque sea en servicios diferentes), y antigüedad. No se recogen cursos u otros criterios de puntuación.

Las Áreas funcionales las podéis encontrar en el artículo 22 del vigente Acuerdo regulador:

  • ÁREA FUNCIONAL 1.
    • Alcaldía.
    • Presidencia y Relaciones Institucionales.
    • Secretaría General y de Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza.
    • Asesoría Jurídica.
  • ÁREA FUNCIONAL 2.
    • Urbanismo.
    • Arquitectura.
    • Infraestructuras.
  • ÁREA FUNCIONAL 3.
    • Educación.
    • Cultura y Turismo.
    • Deporte.
  • ÁREA FUNCIONAL 4.
    • Gestión Tributaria, recaudación e inspección.
    • Órganos especializados de Hacienda.
    • Gestión de Fondos Europeos
  • ÁREA FUNCIONAL 5.
    • Servicios Públicos.
    • Movilidad.
    • Ecología Urbana.
    • Salud Pública.
    • Medio Ambiente.
  • ÁREA FUNCIONAL 6.
    • Economía.
    • Innovación, Transformación digital, Transparencia y Gobierno Abierto.
    • Mercados y Comercio.
  • ÁREA FUNCIONAL 7.
    • Intervención.
    • Presupuesto.
    • Contabilidad y Tesorería.
    • Contratación y Patrimonio.
  • ÁREA FUNCIONAL 8.
    • Participación Ciudadana.
  • ÁREA FUNCIONAL 9.
    • Policía Local.
  • ÁREA FUNCIONAL 10.
    • Bomberos.
  • ÁREA FUNCIONAL 11.
    • Acción social.
  • ÁREA FUNCIONAL 12.
    • Recursos Humanos.
    • Organización de Servicios Generales.

Aquí van las bases:

https://boletin.dpz.es/BOPZ/UploadServlet?ruta=Boletines\2025\129\Edictos\bop_4226_2025.pdf

A las que habría que añadir otras que se han ido publicando en estos días para «estabilizar» en el puesto a quienes lo ocupan en adscripciones provisionales o comisiones de servicio para intentar quitarse del vicio de las comisiones de servicio en todos los niveles de la administración municipal.

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