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Otra modificación más de la LPAC a cuenta de la firma electrónica

Llevo un mosqueo que no me tengo encima por el chapucerío legislativo de los últimos meses. Esto ya no es cuestión de colores políticos, es cuestión de saber cómo se hacen las normas, y de hacerlas con un mínimo de reflexión y estudio, y no a base de negociaciones oscuras en despachos donde se trafica con la soberanía popular a cambio de 30 monedas de plata.

Ayer se publicaba la enésima modificación de la LPAC, porque se han dado cuenta que la última que añadieron era una chapuza y que cuando es el propio estado el que se quiere montar un sistema de firma electrónica no basado en certificados (es decir, usar las letras “c” de los arts. 9 y 10 LPAC) no le da la gana de tener que esperar 2 meses para que su nuevo y flamante sistema entre en vigor.

Así que, una nueva disposición adicional a la LPAC, la octava, y para adelante con los faroles:

Disposición adicional octava. Resoluciones de Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que establezcan las condiciones de uso de sistemas de identificación y/o firma no criptográfica.

Cuando se trate de sistemas establecidos por medio de Resolución de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para su ámbito competencial con objeto de determinar las circunstancias en las que un sistema de firma electrónica no basado en certificados electrónicos será considerado como válido en las relaciones de los interesados con los órganos administrativos de la Administración General del Estado, sus organismos públicos y entidades de Derecho Público vinculados o dependientes, no será preciso el transcurso del plazo de dos meses para la eficacia jurídica del sistema a que se refiere el artículo 10.2.c) de la presente ley, adquiriendo eficacia jurídica al día siguiente de la publicación de la Resolución, salvo que esta disponga otra cosa.

(Se añade por la disposición final 3 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre)

Próximamente la encontraréis en la sección de pegatinas de Siempre al día en Moodle.

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