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49CE

Consumada la tercera reforma de la CE: cambiado el término «disminuidos» por «personas con discapacidad» en el art. 49.

Por fin el BOE ha publicado la reforma, sancionada hace unos días por el Rey. ¡Muy pronto tendréis la pegatina correspondiente para actualizar vuestras versiones en papel!

Nueva redacción:

1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.

2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

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