Comentamos hace ya bastante en qué había quedado la negociación de las bases generales de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Zaragoza, a las que les dedicamos este post , y una vez pasado ya el examen del pasado 7 de mayo y con la vista puesta en el siguiente proceso de 63 plazas de auxiliar administrativo por concurso-oposición, conviene tener claro qué cambia respecto del proceso anterior.
Os recuerdo que las bases completas las podéis encontrar aquí:
Os resumo las 5 cosas que son diferentes respecto del proceso de las 78 plazas de oposición pura de este proceso pasado, y las 57 plazas de oposición pura que vendrán en el futuro.
1. MENOS PREGUNTAS EN EL TEST
A alguno eso le puede parecer maravilloso, pero en realidad es una faena. Si ya con 50 preguntas + 5 de reserva siempre quedan cosas que hay que estudiar que no se lucen por ningún sitio (ej, en este último proceso ni se olió a la Constitución, plan de igualdad, manual de atención a la ciudadanía…)
Pues ahora pasan a ser 40 + 5 de reserva. Es decir, todavía te la juegas más en cada pregunta, porque su peso relativo sobre el total de la puntuación es mayor.
Se podrán decir muchas cosas de la DPZ, pero el hecho de que el test sea sobre 100 preguntas deja mucho más margen para lucir lo que realmente se ha estudiado, y menos al factor suerte.
En cualquiera de los casos, un cambio importante a tener en cuenta.
2. PASAMOS DE 2 A 4 CASOS PRÁCTICOS, CADA UNO CON 10 PREGUNTAS
Lo cual suena a una tortura para los que se memorizan las leyes sin entenderlas, y a música celestial para los que habéis comprendido bien como funcionan las leyes y a veces os falla la memorización literal.
Ahora los casos pasan a ser 4, de 10 preguntas cada uno, manteniéndose el tiempo por pregunta original de 1,5 minutos, por lo que ahora en lugar de hacerse en 30 minutos se deberán completar en una hora.
Es decir, vemos una clara apuesta por saber hacer las cosas y por entender bien el funcionamiento y la aplicación de los conceptos que la memorización literal de cada palabra.
3. LA PRUEBA DE INFORMÁTICA ES DE APTITUD, NO PUNTUABLE
A diferencia de lo que tenemos ahora en el proceso de las 78 plazas donde la prueba de aptitud es puntuable con nota exacta y tiene el mismo peso relativo sobre la nota final que los casos (recordamos: test sobre 10 puntos + casos sobre 5 puntos + informática sobre 5 puntos), en los procesos de EET pasa a ser una prueba de apto o no apto, es decir, un 0 o un 10.
Para pasarla habrá que obtener un 5 sobre 10, pero no se va a cambiar la nota final por sacar un 5 o por sacar un 10, al final es sí o no, todo o nada, blanco o negro, y no hay por lo tanto margen para remontar con la informática un examen más flojo en las otras partes. Aunque con tantas plazas, seguro que alguno acaba siendo no apto y se queda sin plaza por la informática… habrá que verlo.
4. LA FASE DE OPOSICIÓN ES ELIMINATORIA PERO NO CADA PRUEBA INDIVIDUALMENTE
Mucha gente está malinterpretando las bases cuando dicen que los ejercicios de la fase de oposición no son eliminatorios. Se refiere a que no son eliminatorios entre sí, pero la fase de oposición en su conjunto SÍ es eliminatoria, y por lo tanto debe superarse para que se cuenten puntos de méritos.
Así de tajantemente lo dicen las bases generales:
Esto quiere decir que se podrá compensar la nota del test (calculada sobre 30) con la nota de los casos (calculada sobre 30), pero hay que alcanzar al menos 30 sobre 60 puntos entre las dos partes para superar la oposición, o ya puedes llevar más años que la puerta como interin@ que no te van a sumar los puntos.
¿Eso quiere decir que el examen va a ser más fácil o más difícil? Bueno, la experiencia de los procesos recientes es que precisamente para garantizar el cumplimiento de la igualdad, mérito y capacidad, y que ganen los más preparados, los tribunales suelen subir el listón en la fase de oposición para que el hecho de que se cuenten los puntos haya que currarselo también.
Os dejo aquí esta nota de prensa de una sección sindical del Ayuntamiento precisamente quejándose de esto mismo, ya que en muchos procesos el listón fue tan alto que la gran mayoría de los interinos fueron a la calle, e incluso quedaron una mayoría de las plazas desiertas, que se hubieran podido cubrir si alguien hubiera sacado al menos un 5 en cada prueba aunque tuviera cero puntos de méritos:
https://www.csif.es/contenido/zaragoza/general/349734
5. SUPERADA LA OPOSICIÓN SE VALORARÁN LOS PUNTOS POR MÉRITOS
Al ser concurso-oposición, a aquellas personas que superen la fase de oposición se les contarán los puntos que acrediten por estos conceptos:
Hay que tener en cuenta que estos méritos deberán alegarse en la instancia, que irá acompañada de una AUTOBAREMACIÓN siguiendo el formulario-modelo que publicará en su momento el Ayuntamiento, cuando salga en el BOE la convocatoria, cosa que esperamos de manera inminente.
Los méritos deben poseerse siempre a fecha de fin de presentación de instancias, y en el caso de la experiencia, se cuenta únicamente la obtenida hasta el 31/12/2022, y no cuentan los meses posteriores.
Os dejaré un post específico sobre el tema de la autobaremación de los méritos y la letra pequeña de cómo calcularlos según las bases generales y específicas.
En definitiva, un proceso en el que vemos una mayor prevalencia de los casos prácticos sobre el test, lo que nos hace insistir todavía más en la importancia de entender bien las cosas y no solo de saberse las cosas como un lorito, y en el que a pesar de que existen unos puntos por varios conceptos, esos puntos lo esperable es que haya que ganárselos con sangre en la fase de oposición, así que ya lo podemos ir metiendo caña, que la rueda sigue girando y no espera a nadie.
De hecho, lo más probable es que no espere ni siquiera a que volváis de la playita, por lo menos en lo que al BOE e instancias se refiere. Pero aquí os iremos contando todo.