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No te agobies si ves bases en el BOPZ de estabilización del Ayuntamiento

Se siguen dando los pasos que legalmente hay que ir dando para la convocatoria de -entre otras- las 63 plazas de auxiliar administrativo por estabilización de empleo temporal. Pero todo va según lo previsto en cuanto a plazos.

Si hace unas semanas se cerró la negociación, de una manera muy respetuosa con los principios de igualdad, mérito y capacidad como os publicaba en este post, hoy se publicaban en el BOPZ la versión “oficial” de esas bases generales, que por supuesto es fiel reflejo de lo que pactó con los sindicatos que firmaron esa propuesta que os comentaba en el post.

Este documento son unas bases generales para estos procesos de estabilización, que deberán ser acompañadas de unas bases específicas para cada proceso concreto que se publicarán en el BOPZ en los próximos días, antes de las campanadas. Pero relax, eso no quiere decir que esos procesos sean inminentes.

Os comento los aspectos más destacables de estas bases generales.

  • Estos procesos no se van a mover hasta bien entrado 2023

Dice así el documento:

“1.3. Estas bases generales serán complementadas y desarrolladas por las bases específicas que acompañen a cada una de las respectivas convocatorias que, una vez aprobadas estas últimas, por la concejalía delegada de Personal, serán objeto de publicación en el BOPZ y en el tablón de anuncios de la página web municipal, con anterioridad al 31 de diciembre de 2022.

Durante el primer semestre de 2023, serán remitidos al Boletín oficial del Estado, los oportunos anuncios de extractos de las convocatorias, a partir de los cuales se abrirá el oportuno plazo de presentación de solicitudes de participación.”

Es decir, en los próximos días (no queda ya mucho para acabar 2022) se publicarán las bases específicas en el BOPZ, pero no se van a remitir al BOE hasta el primer semestre, lo que podría ser perfectamente mayo-junio… o dicho en otras palabras, no va a haber movimiento aquí hasta después del proceso por oposición libre.

Por lo tanto aunque las veremos en el BOPZ en los próximos días, no empecéis a buscar como locos el enlace de las instancias, que tardará. Y no os agobiéis por pensar que el examen será inminente, porque no lo va a ser. Todavía.

Con esta información podríamos esperar el examen de estas 63 plazas para finales de 2023 o principios del 2024, que es lo que hemos dicho siempre por otro lado para estas plazas. Como siempre, la bola de cristal la tenemos en el taller de la suegra, pero eso sería una previsión razonable, teniendo en cuenta el punto siguiente, y los límites que fija la propia Ley 20/2021.

  • Primero irán las de concurso, y luego las de concurso-oposición

1.4. En aquellas escalas, plazas/categorías profesionales en las que se produzca coincidencia de plaza/categoría profesional convocada deberá finalizar con carácter previo aquella cuya convocatoria lo sea a través del sistema de concurso frente a la de concurso-oposición, así como también con carácter previo, la que corresponda a personal laboral frente a la que lo sea de personal funcionario.

O sea que incluso si esas instancias se echaran en abril/mayo, aun así probablemente tarde un poco más que la media de 5-6 meses del Ayuntamiento porque primero hay que hacer el que es solo concurso.

  • Las diferentes plazas (categorías profesionales) que salgan por concurso-oposición se podrán convocar el mismo día y hora

“Advertir que, la realización de los ejercicios de cualquiera de las plazas/categorías profesionales a convocar, podrá ser objeto de celebración en la misma fecha (mismo día y hora).”

Tenéis al final del documento las plazas que salen por concurso-oposición, las que se metieron en la OEP de estabilización de 2021, y que también tuvimos que ir a juicio a defender.

  • Se pone un periodo de prácticas general de 4 meses, y un curso formativo (con retribuciones íntegras)

“7.1. Una vez finalizado el respectivo proceso selectivo (concurso o concurso oposición) y previo al nombramiento como personal funcionario de carrera, o a la contratación laboral como personal laboral fijo, las personas candidatas propuestas por el tribunal de selección, cuyo número no podrá ser superior al de plazas/puestos de trabajo convocados, deberán superar un período de prácticas de cuatro meses.”

  • Por lo demás, lo que ya sabíamos

Tal como habíamos puesto en el post del otro día, que me remito a él, se mantienen temarios, se mantiene la obligación de que hay que aprobar la fase de oposición para que se sumen los puntos del concurso (si no se aprueba la oposición el concurso no cuenta para absolutamente nada, ni siquiera para el puesto en la bolsa de interinos), etc.

EN RESUMEN, simplemente que aunque vais a ver estas convocatorias en el BOPZ en los próximos días, porque así lo imponen los plazos de la Ley 20/2021, no os agobiéis, que estos procesos irán en todo caso DESPUÉS del proceso que acabáis de echar la instancia.