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Nueva modificación LPAC (y van 3 en 2022…)

Si hace poquito os puse en el blog la modificación de la LPAC en su art. 32 por culpa de la guerra de Ucrania, y hace unas semanas os enviaba por privado un email con la modificación de los arts. 9 y 10 como consecuencia de la Ley de Telecomunicaciones, en esta ocasión se modifica el art. 77 relativo a la prueba para incluir un nuevo apartado 3 bis que dice así:

3 bis. Cuando el interesado alegue discriminación y aporte indicios fundados sobre su existencia, corresponderá a la persona a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad.

Añadidlo en vuestras versiones de estudio de la LPAC, al menos esta vez no es corregir nada sino simplemente añadir más información.

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