Nos acaban de notificar que el Juzgado nº 5 de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que enjuicia la OEP 2021 del Ayuntamiento ha resuelto NO SUSPENDER CAUTELARMENTE la eficacia de la OEP.
Esto quiere decir que las convocatorias derivadas de la misma seguirán adelante, y por lo tanto ya no hay ningún obstáculo para la publicación oficial en el BOPZ de las bases que llevan ya días circulando.
Se deniega toda suspensión cautelar, es decir, no se suspende ni total ni parcialmente, la OEP sigue adelante como si nunca se hubiera recurrido. No ha accedido el Juzgado por lo tanto ni a la petición principal de suspensión ni a las subsidiarias de suspensión parcial o exclusión de determinadas plazas.
Y es que uno de los principales requisitos para la adopción de una medida cautelar está en que se prevea que el recurso tiene posibilidades reales de prosperar, lo que técnicamente se conoce como apariencia de buen derecho o fumus boni iuris. Y el Juzgado entiende que no la hay, que esto no tiene ninguna posibilidad de ir adelante.
Se resolverá definitivamente en su momento, una vez hecho todo el proceso judicial, pero ya el Juzgado entiende que esto se quedará en agua de borrajas.
Se tiene en cuenta además el perjuicio que causaría no solo al Ayuntamiento como empleador sino también a todos los opositores que quieran presentarse para ser funcionarios del Ayuntamiento, al ser el turno de estabilización de empleo temporal de libre concurrencia, por lo que hecha la ponderación, el Juzgado ha decidido NO suspender la OEP y tirar p’alante.
Estas son las mejores noticias que podíamos recibir sobre este proceso, la revalidación judicial de la OEP.
En la práctica, esto es todo. El juicio de verdad no le importa a nadie, porque cuando en temas de oposiciones se deniega la suspensión cautelar, para cuando sea la vista del juicio ya estará todo el pescado vendido, así que el juez pre-resuelve aquí. Se supone que las medidas cautelares son algo distinto de resolver la cuestión, pero en la práctica si se deniega la cautelar se desestimará el recurso.
Si ve que el recurso puede salir adelante paraliza, y si no le ve ningún futuro no paraliza cautelarmente, por lo que básicamente tenemos ya desestimado el recurso contencioso-administrativo, a falta de que el año que viene sea el juicio de verdad y lo certifique el Juzgado en su sentencia.
Ahora toda prepararse para la inminente publicación en el BOPZ de las bases, organizarse el estudio, repaso y prepararse para el verano de vuestra vida. Pero por hoy disfrutaremos la victoria.
Seguiremos informando