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Y el concurso pa’ cuándo?

El Ayuntamiento encara 2025 con una Oferta de Empleo Público histórica sin que por ahora se tenga noticias de una de las medidas incluidas en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento de Zaragoza: el concurso de traslados previo a la incorporación de los funcionarios de nuevo ingreso… ¿volverán a adjudicarse los destinos sin movilidad interior previa?

La falta de movilidad interna en el Ayuntamiento de Zaragoza no es ninguna novedad, pocos deben quedar ya en servicio activo de cuando se hiciera el último concurso de méritos general en el Ayuntamiento (cuyo RC probablemente iba en pesetas).

Hace más de un año ya publicábamos aquí esta entrada, y pese a la entrada en vigor de un nuevo Acuerdo que sustituye al viejo Pacto-Convenio, por ahora se sigue sin tener noticias de ningún tipo de movilidad interior.

https://oposicionesactur.com/blog/la-gran-carencia-en-la-que-tienen-razon-los-sindicatos-del-ayuntamiento-de-zaragoza/

Y es que sí, cualquier sitio en el Ayuntamiento está muy bien, pero al final la movilidad también es un derecho, y tiene todo el sentido del mundo el que se plantee la opción voluntaria de un cambio de destino a quienes ya están dentro antes de ofrecerlos a los que vienen nuevos. Así lo recoge el Acuerdo en su Disposición Transitoria Tercera:


  1. Concurso general simplificado de méritos -traslado previo a personal de nuevo ingreso-, simultáneo a proceso selectivo de nuevo ingreso (puesto de trabajo no singularizado):
    a. Antes de que finalice el mandato corporativo 2023-27 se regularizará la convocatoria pública de provisión de puestos de trabajo no singularizados asignados a los grupos/subgrupos de clasificación profesional C-C1, C-C2 y A.P.
    b. Las convocatorias se realizarán con carácter previo a la finalización del oportuno proceso selectivo convocado por el turno libre.
    c. El concurso general simplificado simultáneo a proceso selectivo de nuevo ingreso se regulará por unas bases tipo en las que los méritos a valorar y los porcentajes orientativos serán la experiencia profesional en el área funcional -AF- (50 %) y antigüedad
    (50 %).
    d. La cobertura y provisión del puesto convocado en un concurso general simplificado de méritos (traslado previo a personal de nuevo ingreso) simultáneo a un proceso de nuevo ingreso, por parte de un funcionario de carrera determinará el correlativo cese del personal funcionario interino nombrado en la plaza, así como el consiguiente cambio de puesto de trabajo asociado: El puesto
    asociado inicialmente a la plaza y desempeñado por el funcionario interino se cambiará por el puesto de trabajo desempeñado por el funcionario de carrera promocionado
    .

Muchos de los que estáis ya dentro y también de los que esperáis entrar en este proceso de las 63 plazas por concurso-oposición tenéis la duda de si se va a hacer algo al respecto. Teniendo en cuenta que el Acuerdo lo fía bastante largo (hasta 2027) nos inclinaríamos a pensar que seguramente a corto plazo no, pero en cualquier caso os recomendaríamos poneros en contacto con aquél sindicato con el que os sintáis más de acuerdo (o menos desacuerdo) y preguntarles sobre el tema, nosotros a fin de cuentas no tenemos silla en la Mesa de Negociación, y por mucho que nos lo hayáis propuesto, no vamos a constituirnos como sindicato porque no entendemos que sea nuestro rol, pero no por ello vamos a dejar de hacernos eco de algo que es un problema que hay que atajar.

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