Como quizá alguno sabréis, la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales introdujo un derecho general a entrar en establecimientos públicos con animales de compañía, pero por razones médicas del personal de la Academia nos vemos obligados a restringirlo.
El artículo 29.2 dice así:
Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica.
En caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento.
Lamentablemente, nos vemos obligados a poner un distintivo en este sentido y restringir el acceso a la Academia con animales de compañía por razones médicas debido a la alergia al pelo de perros y gatos de algunas de las personas que trabajan aquí.
Como a fin de cuentas normalmente cuando venís a por materiales o cosas similares estáis únicamente unos pocos minutos, os animamos a dejar a vuestra mascota fuera unos segundos donde podréis dejarlo atado sin problema, o si lo necesitáis, decidnos para que una persona del equipo de la Academia se pueda quedar con vuestra mascota un momento mientras accedéis a vuestras gestiones, pero lamentablemente para poder cumplir con las obligaciones de seguridad y salud que tenemos para con nuestro personal no podemos dejarle entrar.
Eso sí, igual que tenemos Schoko-bons y Toblerones para humanos, buscaremos la forma de compensar a vuestros peluditos por su espera.
Contamos con vuestra comprensión