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Cambio en el TREBEP: Vuelve el artículo 47.2

Ese segundo apartado que se introdujo por el RD-Ley 7/2023 que finalmente decayó al no haber sido convalidado ha vuelto al texto del TREBEP para recuperar el tema de la conciliación familiar y laboral… ¿A quién no le gustan los cambios normativos justo antes de empezar la ronda de exámenes?

Nuevo texto:

  1. Las Administraciones Públicas adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos que tengan a su cargo a hijos e hijas menores de doce años, así como de los empleados públicos que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.»

¿Se convalidará esta vez o volverá a decaer?

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