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Parte de Guerra (VII): El Ayuntamiento admite nuestro derecho a personarnos

Sobre el proceso contra la OEP del Ayuntamiento, como indicaba en los Partes anteriores el sindicato recurrente había presentado un recurso de reposición contra mi personación en el proceso, por una falsa incompatibilidad y por un épico copia-pega que ya os conté.

Por supuesto nos hemos opuesto con un bombardeo selectivo de 24 páginas y 16 anexos de oro puro jurídico que a su debido momento publicaré en este blog.

Pero la noticia relevante es que, como parte interesada, al Ayuntamiento también se le dio posibilidad de alegar lo que quisiera sobre mi personación en el proceso. Yo sinceramente esperaba que se pusieran de perfil y ni siquiera contestaran, es lo lógico y lo que hubiera cabido esperar en aras a la neutralidad. Bueno vale, confesaré que en realidad me los imaginaba en la planta tercera de la Plaza del Pilar comiendo palomitas mientras volaban puñales que no iban hacia ellos. Pero en vez de eso nos han echado un capote, y han argumentado a favor de mi -y por extensión vuestro- derecho a argumentar en el proceso judicial.

En primer lugar, ni rastro de incompatibilidad. En segundo lugar, indican que la OEP es un acto administrativo (por cierto, acto, no reglamento) que afecta a una pluralidad indeterminada de personas y por ello se publicaron en el BOPZ y en la web municipal los correspondientes anuncios para que se persone quien considere que tiene un interés en el tema, y como colofón, que al ser mi plaza de TMG y estar ofertadas plazas de TAG resulta natural que pudiera tener un interés personal en presentarme más allá de mi actividad como preparador.

Ignoro si desde la Asesoría Jurídica leen este blog -en ningún momento les he contactado con respecto a este proceso- pero si es así, se agradece el apoyo.

Respecto a este proceso, ya está todo el pescado vendido, y solo queda esperar a que la Jueza resuelva sobre (1) mi personación, y (2) la adopción de la suspensión cautelar.

Seguiremos informando